{"id":103538,"date":"2022-12-20T14:47:59","date_gmt":"2022-12-20T20:47:59","guid":{"rendered":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/?p=103538"},"modified":"2022-12-20T14:48:00","modified_gmt":"2022-12-20T20:48:00","slug":"emite-cedh-la-recomendacion-general-02-2022-a-ssc-ayuntamientos-y-pgje-por-linchamientos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/?p=103538","title":{"rendered":"Emite CEDH la Recomendaci\u00f3n General 02\/2022 a SSC, Ayuntamientos y PGJE, por linchamientos"},"content":{"rendered":"\n<p>Por el caso de violaciones a derechos humanos a la vida, a la legalidad y seguridad jur\u00eddica, a la integridad y seguridad personal, as\u00ed como por la omisi\u00f3n de brindar protecci\u00f3n, auxilio y seguridad p\u00fablica de manera oportuna que deriv\u00f3 en acciones tendientes a linchamientos en el estado de Tlaxcala, la Comisi\u00f3n Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emiti\u00f3 la Recomendaci\u00f3n General 02\/2022 dirigida a la persona responsable de la Secretar\u00eda de Seguridad Ciudadana del Estado; a la presidenta municipal de Mazatecochco, Leandra Xicoht\u00e9ncatl Mu\u00f1oz; y a los alcaldes de Chiuatempan y Nopalucan, Gustavo Jim\u00e9nez Romero y Pedro P\u00e9rez V\u00e1squez, respectivamente.<\/p>\n\n\n\n<p>La Recomendaci\u00f3n General tambi\u00e9n est\u00e1 dirigida a las presidentas y presidentes municipales del Estado de Tlaxcala, y la procuradora General de Justicia, Ernestina Carro Rold\u00e1n, como autoridades obligadas en materia de prevenci\u00f3n a violaciones de derechos humanos.<\/p>\n\n\n\n<p>La CEDH emiti\u00f3 la Recomendaci\u00f3n General teniendo como fin, los siguientes objetivos fundamentales:<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Proporcionar informaci\u00f3n \u00fatil para que todas las autoridades a las que va dirigida trabajen de manera significativa en el reconocimiento de la situaci\u00f3n que prevalece en el Estado, respecto a actos violentos ejecutados por grupos de personas en contra de otra u otras personas en inferioridad num\u00e9rica, que trae aparejada una serie de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jur\u00eddica e integridad personal, consistentes en la omisi\u00f3n de proporcionar auxilio y seguridad p\u00fablica por parte de autoridades estatales y\/o municipales, actos que com\u00fanmente son conocidos como linchamientos.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Generar pol\u00edticas p\u00fablicas que redunden en la prevenci\u00f3n y erradicaci\u00f3n de todo acto de violencia que implique violaciones a derechos humanos, los cuales constitucionalmente est\u00e1n prohibidas bajo la f\u00f3rmula deque \u00abninguna persona podr\u00e1 hacerse justicia por s\u00ed misma\u00bb, y que en el \u00e1mbito penal implica un hecho con apariencia de delito, cometido por una multitud.<\/p>\n\n\n\n<p>En su Recomendaci\u00f3n General, la CEDH refiere que las leyes mexicanas proh\u00edben la aplicaci\u00f3n de la justicia por propia mano, y por ende evitar los casos de linchamiento al fijar las funciones de los tribunales y el Poder Judicial. De hecho, precisa que la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica Federal en su art\u00edculo 17 p\u00e1rrafo I, el C\u00f3digo Penal Federal en sus art\u00edculos 16 y 321, adem\u00e1s de diferentes jurisprudencias y leyes estatales, conforman el marco jur\u00eddico para evitar los linchamientos.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abEn un escenario de hechos relativos a los linchamientos, se debe procesar legalmente a los responsables y evitar estigmatizar a toda la poblaci\u00f3n, ya que en ocasiones los agresores en un linchamiento pueden afectar a personas inocentes de los delitos que sospechan cometieron, violentando con ello el principio pro persona en la v\u00edctima, quien es prejuzgada por toda la opini\u00f3n p\u00fablica, alterada por las informaciones vertidas por los vecinos, familiares o amigos, as\u00ed como la informaci\u00f3n medi\u00e1tica\u00bb, se\u00f1ala la Recomendaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello, subraya que la restituci\u00f3n de la autoridad, su buen funcionamiento, la correcta aplicaci\u00f3n de la ley, el l\u00edmite a la funci\u00f3n de los cuerpos policiacos y los Ministerios P\u00fablicos, es fundamental para el ejercicio de sus atribuciones, y as\u00ed erradicar que comunidades enardecidas decidan hacer justicia por propia mano, pues en Tlaxcala los casos de linchamiento se derivan, en gran medida, por el hartazgo de la sociedad y los efectos de la delincuencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, la CEDH se\u00f1ala que un obst\u00e1culo para la justicia por casos de linchamiento es que en las agencias del Ministerio P\u00fablico se denuncia el delito por el cual la persona afectada fue golpeada y entregada a la justicia en el mejor de los casos, pero la victima puede no reconocer a quienes lo agredieron, por lo que la agresi\u00f3n se pierde en el anonimato y no hay a quien comprometer directamente hasta que no haya una investigaci\u00f3n que deslinde responsabilidades.<\/p>\n\n\n\n<p>Por tanto, \u00abesclarecer los actos de linchamiento y llevar a la justicia a los causantes, implicar\u00eda un ataque de las autoridades contra el delito y un mejoramiento notable en la procuraci\u00f3n de justicia que reduzca la impunidad, situaci\u00f3n por la cual es necesaria una respuesta a trav\u00e9s de las pol\u00edticas p\u00fablicas del Estado que permitan rescatar a las v\u00edctimas, adem\u00e1s de concientizar a la poblaci\u00f3n que la mejor decisi\u00f3n es entregar a los acusados a las autoridades, a fin de lograr una procuraci\u00f3n de justicia eficiente\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>De igual manera, la CEDH recomienda a las autoridades ejecutaracciones para la creaci\u00f3n de \u00e1reas o, en su caso, implementar mejoras operativas y materiales que redunden en el irrestricto cumplimiento de las obligaciones&nbsp;de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos&nbsp;humanos de las personas, para que puedan acceder de forma plena a la jurisdicci\u00f3n del Estado, en un marco de respeto a los derechos humanos, no discriminaci\u00f3n y con perspectiva de g\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p>Siendo as\u00ed, mediante acuerdo de fecha 22 de agosto de 2022 el Organismo Aut\u00f3nomo determin\u00f3 la acumulaci\u00f3n de los expedientes de queja CEDHT\/PVG\/39\/2019, CEDHT\/QVG\/07\/2022, CEDHT\/QVG\/08\/2022, CEDHT\/6VG\/38\/2019 y CEDHT\/6VG\/17\/2022, todos por incidir en la omisi\u00f3n de brindar protecci\u00f3n, auxilio y seguridad p\u00fablica de manera oportuna, lo que deriv\u00f3 en acciones tendientes a linchamientos.<\/p>\n\n\n\n<p>Cada uno de los expedientes, atendiendo a los principios de universalidad, interdependencia, progresividad e indivisibilidad, fueron calificados por violaciones a los derechos humanos a la vida, a la legalidad y seguridad jur\u00eddica, a la integridad y seguridad personal,por la omisi\u00f3n de brindar protecci\u00f3n, auxilio y seguridad p\u00fablica de manera oportuna que deriv\u00f3 en acciones tendientes a linchamientos en el estado de Tlaxcala.<\/p>\n\n\n\n<p>Por esa situaci\u00f3n, la CEDH emiti\u00f3 una serie de Recomendaciones a diversas autoridades. Al titular o responsable de la Secretar\u00eda de Seguridad Ciudadana del Estado de Tlaxcala:<\/p>\n\n\n\n<p>Primera. Dise\u00f1ar e implementar un programa estatal bajo la perspectiva de derechos humanos y con enfoque de g\u00e9nero, que atienda la prevenci\u00f3n, el control y la atenci\u00f3n del fen\u00f3meno de los linchamientos e intentos de linchamiento en el Estado; en ese dise\u00f1o se deber\u00e1 establecer el mecanismo de seguimiento y evaluaci\u00f3n participativa de los gobiernos estatal y municipales. Asimismo, la realizaci\u00f3n de jornadas de difusi\u00f3n y fomento de la cultura de la legalidad y de la denuncia, a trav\u00e9s de actividades dirigidas a la ciudadan\u00eda, principalmente en las comunidades y municipios en donde se hayan presentado casos de linchamientos, orientadas a prevenir la violencia colectiva.<\/p>\n\n\n\n<p>Segunda.&nbsp;Realizar un estudio y an\u00e1lisis del Protocolo de Actuaci\u00f3n para Prevenir y Atender casos de Linchamiento en el Estado de Tlaxcala, debiendo emplear como herramienta el an\u00e1lisis de contexto,&nbsp;dirigido a todas las autoridades, corporaciones y funcionarios en materia de seguridad p\u00fablica y de procuraci\u00f3n de justicia para hacer frente a casos concretos de linchamiento o intentos de linchamiento, con perspectiva de g\u00e9nero y derechos humanos, debiendo incluir el esquema de coordinaci\u00f3n entre autoridades que deben atender el caso, de cualquier nivel de gobierno, as\u00ed como la definici\u00f3n de la cadena de mando para la toma oportuna de decisiones, as\u00ed como garantizar la debida diligencia bajo el principio de igualdad y la no discriminaci\u00f3n, la reparaci\u00f3n integral del da\u00f1o y atenci\u00f3n a las v\u00edctimas, con independencia de la responsabilidad penal que pudiera existir;<\/p>\n\n\n\n<p>Tercera.Con apego a la garant\u00eda de legalidad, instruir al personal a su cargo para que se d\u00e9 inicio al procedimiento administrativo sancionador ante el Consejo de Honor y Justicia de la Secretar\u00eda de Seguridad Ciudadana, respecto a los elementos adscritos a dicha Secretar\u00eda que hayan sido omisos en actuar en los casos presentados en el documento de Recomendaci\u00f3n, a efecto de investigar, calificar las posibles faltas y, en su caso, sancionar administrativamente en t\u00e9rminos de ley.<\/p>\n\n\n\n<p>A la presidenta municipal de Mazatecochco y a los alcaldes de Chiautempan y Nopalucan:<\/p>\n\n\n\n<p>Primera. Hacer efectiva la reparaci\u00f3n integral del da\u00f1o a favor de cada una de las v\u00edctimas indirectas que se se\u00f1alan en los expedientes respectivos, atendiendo a las garant\u00edas de rehabilitaci\u00f3n y compensaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Segunda.Coadyuvar en la tramitaci\u00f3n y conclusi\u00f3n que conforme a derecho corresponda, respecto de las carpetas de investigaci\u00f3n que se substancian en la Procuradur\u00eda General de Justicia del Estado, respecto de los casos de linchamiento o intentos de casos de linchamientos.<\/p>\n\n\n\n<p>A las presidentas y presidentes municipales constitucionales en el estado de Tlaxcala:<\/p>\n\n\n\n<p>Primera.Colaborar con la Secretar\u00eda de Seguridad Ciudadana enla ejecuci\u00f3n de las acciones deprevenci\u00f3n y la atenci\u00f3n del fen\u00f3meno de los linchamientos e intentos de linchamiento en el Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>Segunda. Dise\u00f1ar e implementar estrategias de concientizaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n sobre el derecho a la legalidad y del respeto a la dignidad, dirigidas a la sociedad, principalmente en aquellas comunidades o colonias en donde se puedan presentar o hayan presentado casos de linchamientos o intentos de linchamiento, orientadas a disuadir la violencia colectiva. Asimismo, concientizar sobre la importancia de vivir dentro de la legalidad y preservar el orden social con base en la denuncia, a trav\u00e9s de programas que generen conductas de autoprotecci\u00f3n y promuevan la denuncia ciudadana, as\u00ed como de las consecuencias y responsabilidades a que se hacen acreedores las y los ciudadanos que participan en este tipo de fen\u00f3menos.<\/p>\n\n\n\n<p>Tercera.Dise\u00f1ar e implementar estrategias permanentes de difusi\u00f3n en medios impresos, digitales, redes sociales y presenciales, sobre el fomento a la cultura de la denuncia, e informaci\u00f3n clara y precisa sobre c\u00f3mo debe actuar la ciudadan\u00eda y a d\u00f3nde acudir si han sido v\u00edctimas o testigos de un delito, o si se encuentran ante un caso de flagrancia.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuarta. Instrumentar y ejecutar cursos de capacitaci\u00f3n, pl\u00e1ticas o talleres a los servidores p\u00fablicos pertenecientes al sistema de seguridad municipal, as\u00ed como al resto del personal de cada Ayuntamiento, sobre las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos establecidas en la legislaci\u00f3n local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la legalidad, la seguridad jur\u00eddica, a la integridad y seguridad personal y el derecho a la vida,&nbsp;&nbsp;as\u00ed como capacitaci\u00f3n sobre el&nbsp;Protocolo de Actuaci\u00f3n para Prevenir y Atender casos de Linchamiento en el Estado de Tlaxcala, con el fin de evitar que actos de linchamiento se repitan.<\/p>\n\n\n\n<p>Quinta.Que las Direcciones de Protecci\u00f3n Civil, Obras P\u00fablica y\/o Infraestructura y Seguridad P\u00fablica del municipio a su cargo, inspeccionen y dictaminen sobre las condiciones de seguridad de la Direcci\u00f3n de Seguridad P\u00fablica, Comandancias Municipales y Presidencias Municipales, debiendo informar las \u00e1reas de oportunidad para garantizar y establecer los mecanismos y recursos necesarios para hacer exigibles y justiciables los derechos humanos a la&nbsp;legalidad, la seguridad jur\u00eddica, a la integridad y seguridad personal, as\u00ed como el derecho a la vida de las personas que se les se\u00f1ala alg\u00fan hecho con apariencia de delito, en tanto son puestas a disposici\u00f3n de autoridad competente y sin que implique menoscabo alguno a quienes refieran ser v\u00edctimas de dichos hechos.<\/p>\n\n\n\n<p>A la procuradora general de justicia del estado de Tlaxcala:<\/p>\n\n\n\n<p>Primera.Instruir a los Agentes del Ministerio P\u00fablico del conocimiento, a efecto de que se les d\u00e9 el tr\u00e1mite correspondiente a las carpetas de investigaci\u00f3n iniciadas por hechos con apariencia de delito, relativos a casos de linchamientos o intentos de \u00e9stos para que sean determinadas conforme a derecho corresponda.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe destacar que la CEDH precisa que la Recomendaci\u00f3n General \u00abse emite con el prop\u00f3sito fundamental de que se promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones normativas y pr\u00e1cticas administrativas que constituyan o propicien violaciones a los derechos humanos del fen\u00f3meno denominado linchamiento, para que las autoridades competentes, dentro de sus atribuciones, prevengan, contengan y eliminen dichas violaciones y subsanen las irregularidades de que se trate.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por el caso de violaciones a derechos humanos a la vida, a la legalidad y seguridad jur\u00eddica, a la integridad y seguridad personal, as\u00ed como por la omisi\u00f3n de brindar protecci\u00f3n, auxilio y seguridad p\u00fablica de manera oportuna que deriv\u00f3 en acciones tendientes a linchamientos en el estado de Tlaxcala, la Comisi\u00f3n Estatal de Derechos 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