{"id":122579,"date":"2024-04-24T11:54:52","date_gmt":"2024-04-24T17:54:52","guid":{"rendered":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/?p=122579"},"modified":"2024-04-24T11:54:54","modified_gmt":"2024-04-24T17:54:54","slug":"revoca-tet-negativa-de-registro-de-candidaturas-a-diputaciones-locales-de-mr-y-rp","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/?p=122579","title":{"rendered":"Revoca TET negativa de registro de candidaturas a Diputaciones Locales de MR y RP"},"content":{"rendered":"\n<p>En la sesi\u00f3n extraordinaria celebrada este martes 23 de abril, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) revoc\u00f3 el acuerdo del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) mediante el que se negaron registros de candidaturas a diputaciones al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por el acuerdo emitido por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), al detectarse que la omisi\u00f3n correspondi\u00f3 a representantes partidistas y no a aspirantes a las candidaturas a diputaciones locales de mayor\u00eda relativa y representaci\u00f3n proporcional.<\/p>\n\n\n\n<p>El primer asunto abordado fue el expediente TET-JDC-023\/2024, en el que por unanimidad de votos, quienes encabezan las magistraturas calificaron como fundados los agravios de la parte actora que demando el pago de remuneraciones adeudadas por parte del ayuntamiento de Tecopilco, sin embargo, no fue procedente la emisi\u00f3n de las medidas cautelares solicitadas y se orden\u00f3 al presidente y tesorero municipal de esa demarcaci\u00f3n dar cumplimiento a lo ordenado por la autoridad jurisdiccional local.<\/p>\n\n\n\n<p>Posteriormente, se dio paso a la atenci\u00f3n de los medios de impugnaci\u00f3n promovidos por el representante suplente del PRI y diversas personas, en contra del Acuerdo ITE-CG 77\/2024, al formular la solicitud de registro de las candidaturas a diputaciones locales por el principio de Mayor\u00eda Relativa de los distritos 03, 04, 07, 11, 13 y 14.<\/p>\n\n\n\n<p>En este caso, en cumplimiento a lo establecido en el art\u00edculo 155 de la Ley Electoral, en el que se&nbsp; establece que las solicitudes que se presenten dentro de las 48 horas anteriores al vencimiento del plazo de registro de candidaturas no podr\u00e1n ser objeto de requerimiento por escrito de parte del ITE para subsanarse y se deber\u00e1n cubrir los documentos faltantes hasta antes del cierre del periodo del registro de candidatos de que se trate, el agravio promovido por el instituto pol\u00edtico demandante result\u00f3 infundado.<\/p>\n\n\n\n<p>Al estudiarse las actuaciones en el TET, se consider\u00f3 que el escrito presentado de manera extempor\u00e1nea para el registro de candidaturas, se debi\u00f3 a errores u omisiones de los representantes partidistas, ya que las personas postuladas en las diversas candidaturas propietarias y suplentes a diputaciones locales por mayor\u00eda relativa del PRI, presentaron la documentaci\u00f3n ante el Comit\u00e9 Directivo estatal del PRI de manera oportuna.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo anterior, como parte de la resoluci\u00f3n, se orden\u00f3 al Consejo General del ITE, realizar la verificaci\u00f3n respecto del registro de las personas actoras, tomando en cuenta el escrito y anexos que fueron exhibidos.<\/p>\n\n\n\n<p>En el expediente TET-JDC-039\/2024 reencauzado a juicio electoral, promovido por el representante propietario del partido local Fuerza por M\u00e9xico Tlaxcala, a fin de controvertir el requerimiento realizado en el acuerdo ITE-CG 75\/2024 emitido por el Consejo General del ITE, para que subsanara las postulaciones respecto a la paridad en la acci\u00f3n afirmativa ind\u00edgena, fue desechada la demanda, al haber un cambio de situaci\u00f3n jur\u00eddica, pues el Organismo P\u00fablico Local Electoral (OPLE) concedi\u00f3 ya la aprobaci\u00f3n de las postulaciones para diputaciones por ambos principios del instituto pol\u00edtico demandante.<\/p>\n\n\n\n<p>En la sentencia que qued\u00f3 registrada en el expediente de Juicio Electoral TET-JE-042\/2024 y Acumulados, tambi\u00e9n promovidos por el PRI y aspirantes a candidaturas Propietarias y Suplentes por el principio de Representaci\u00f3n Proporcional de dicho instituto pol\u00edtico, contra del Consejo General del ITE, quienes impugnaron el acuerdo ITE-CG-79\/2024 por la negativa de registro de las f\u00f3rmulas de dichas candidaturas y la inconformidad por la omisi\u00f3n del Comit\u00e9 Directivo Estatal del PRI, de no presentar completas y de forma oportuna las solicitudes de registro ante el ITE, en atenci\u00f3n a los juicios presentados, se actualiz\u00f3 la improcedencia de tres, porque los actores no firmaron la demanda presentada.<\/p>\n\n\n\n<p>Ante los agravios presentados por los promoventes, se aprob\u00f3 revocar la resoluci\u00f3n impugnada, dado que el PRI inici\u00f3 el proceso de registro de manera previa a que concluyera el plazo legal previsto para ello, pero existi\u00f3 una omisi\u00f3n por parte de su Comit\u00e9 Directivo al &nbsp;haberlos presentado de forma incompleta, debido a cuestiones de almacenamiento y resguardo de los documentos presentados, lo que ocasion\u00f3 que por error o descuido, la documentaci\u00f3n correspondiente no fuera presentada debidamente ante el ITE, instancia que tampoco requiri\u00f3 la partido la documentaci\u00f3n faltante, sin hacerlo de conocimiento a los ciudadanos actores, quienes conocieron la omisi\u00f3n hasta el pasado 6 de abril.<\/p>\n\n\n\n<p>Debido a que la omisi\u00f3n atribuida al PRI, vulner\u00f3 los derechos pol\u00edtico-electorales de los ciudadanos actores, en su vertiente de ser votados, se vincul\u00f3 al Consejo General del ITE, para que permita subsanar los errores o inconsistencias en sus solicitudes de registro de manera efectiva en las que haya incurrido el PRI, ello a trav\u00e9s de los representantes acreditados ante el Consejo General de dicho Instituto, y priorizar la garant\u00eda de audiencia de los ciudadanos, a fin de resarcir el derecho pol\u00edtico electoral de ser votados que les fue vulnerado.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente se atendi\u00f3 la sentencia de los juicios de protecci\u00f3n de los derechos pol\u00edtico-electorales TET-6 y 41\/2024 y acumulados, promovido, el primero de ellos, por personas ciudadanas de la Comunidad de San Felipe Cuauhtenco, del Municipio de Contla de Juan Cuamatzi; y, el segundo, por Cris\u00f3foro Cuamatzi Flores. En contra del resultado de la asamblea comunitaria de 21 de enero de 2024 en la que fue destituido el presidente de la citada Comunidad y se eligi\u00f3 a otra persona para que desempe\u00f1ara dicho cargo.<\/p>\n\n\n\n<p>En este asunto, fueron sobrese\u00eddas las demandas que dieron origen a los asuntos acumulados. Se actualizaron las causales de improcedencia que hace valer la autoridad responsable, al solicitarse la tutela de los derechos pol\u00edtico electorales de una tercera persona, en este caso Cris\u00f3foro Cuamatzi Flores, por lo que debido a que sus motivos de inconformidad no estaban encaminados a controvertir actos que les afectaran de forma directa o indirecta sus derechos pol\u00edtico electorales, se estim\u00f3 carente de inter\u00e9s leg\u00edtimo y jur\u00eddico para promover., adem\u00e1s de que fueron presentados fuera de plazo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la sesi\u00f3n extraordinaria celebrada este martes 23 de abril, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) revoc\u00f3 el acuerdo del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) mediante el que se negaron registros de candidaturas a diputaciones al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por el acuerdo emitido por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), al detectarse [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":122580,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[21],"tags":[],"class_list":["post-122579","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-estatal"],"blog_post_layout_featured_media_urls":{"thumbnail":["https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/0423-sesion-1-216x160.jpeg",216,160,true],"full":["https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/0423-sesion-1.jpeg",1600,825,false]},"categories_names":{"21":{"name":"Estatal","link":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/?cat=21"}},"tags_names":[],"comments_number":"0","wpmagazine_modules_lite_featured_media_urls":{"thumbnail":["https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/0423-sesion-1-216x160.jpeg",216,160,true],"cvmm-medium":["https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/0423-sesion-1-300x300.jpeg",300,300,true],"cvmm-medium-plus":["https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/0423-sesion-1-305x207.jpeg",305,207,true],"cvmm-portrait":["https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/0423-sesion-1-400x600.jpeg",400,600,true],"cvmm-medium-square":["https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/0423-sesion-1-600x600.jpeg",600,600,true],"cvmm-large":["https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/0423-sesion-1-1024x825.jpeg",1024,825,true],"cvmm-small":["https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/0423-sesion-1-130x95.jpeg",130,95,true],"full":["https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/0423-sesion-1.jpeg",1600,825,false]},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/122579","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=122579"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/122579\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":122581,"href":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/122579\/revisions\/122581"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/122580"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=122579"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=122579"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariolanoticia.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=122579"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}