· Se busca la actualización y regulación de los bienes inventariados del Congreso en concordancia con la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás ordenamientos legales.
Tlaxcala, Tlax., a 17 de abril de 2023
En sesión ordinaria las y los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos de la LXIV Legislatura, que preside el legislador Ever Alejandro Campech Avelar, aprobaron el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza la desincorporación y baja de diferentes bienes que forman parte del patrimonio de este poder soberano.
Derivado del trabajo constante del Comité de Administración, se detectó que en años anteriores se dieron de alta bienes, que no deberían por su naturaleza ser considerados como patrimonio del Congreso del Estado, ya que no rebasan las 70 Unidades de Medida de Actualización (UMA).
Durante esta sesión el presidente del Comité de Administración del Poder Legislativo, el diputado Vicente Morales Pérez, señaló que en concordancia con el acuerdo de 2011 publicado en el Diario Oficial de la Federación por el que se modifican las reglas específicas del registro y valoración del patrimonio, resulta necesario y urgente la desincorporación de estos bienes.
En este sentido y una vez analizado el dictamen correspondiente las y los diputados aprobaron en la Comisión de Puntos Constitucionales la desincorporación de los bienes muebles u objetos patrimonio del Congreso, catalogados por su valor económico como consumibles y cuyo valor unitario es menor a 70 UMAS.
Estos se encontraban registrados de forma errónea, y por su propia naturaleza ya sin vida útil y obsoletos de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y al punto octavo denominado “monto de capitalización de los bienes muebles e intangibles” del acuerdo por el que se reforman las reglas específicas de registro y valoración.
De esta manera se reafirma el compromiso del Comité de Administración de la actual Legislatura para regularizar y actualizar su inventario.