Busca diputada Gabriela Esperanza Brito Jiménez considerar la alienación parental como violencia familiar

Congreso

·      Se busca prohibir las acciones que generen manipulación a los menores de edad con el fin de propiciar odio o rechazo a sus progenitores.

Tlaxcala, Tlax., a 18 de abril de 2023 

En la vigésima sexta sesión ordinaria, la congresista Gabriela Esperanza Brito Jiménez, integrante del grupo parlamentario del Partido del Trabajo (PT) presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el párrafo tercero al artículo 168 ter del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala y se reforma la fracción IX del artículo 99, de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tlaxcala. 

Con el compromiso de velar por el goce de los derechos de las infancias y las adolescencias, la diputada local destacó que “la separación o ruptura de una pareja, es un acontecimiento negativo que afecta en gran medida a los hijos, derivado de que tienen derecho a convivir en armonía con ambos padres; el negarles la convivencia con uno de ellos puede desarrollar en los hijos afectaciones en el área emocional, social, escolar y familiar”. 

En ese sentido, se destacó que la alienación parental representa uno de los principales problemas que derivan de la separación de los padres, refiriéndose a que el padre o madre que tiene consigo la custodia legal de los menores de edad, realiza actos de manipulación con el propósito de que el menor odie, rechace o tema injustificadamente al progenitor que no cuenta con la custodia. 

Por ello, la congresista Gabriela Brito, propuso que en la legislación actual vigente se establezca de manera expresa la prohibición de este tipo de conducta, considerada como un tipo de violencia familiar por manipulación parental a efecto de proteger el bien jurídico de los menores y así resguardar y garantizar sus derechos humanos elementales.

Dicha iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables y Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y a la de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente. 

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