En la sesión extraordinaria del Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), celebrada este 19 de mayo, la Magistrada Presidenta Claudia Salvador Angel, el Magistrado Miguel Nava Xochitiotzi y el Magistrado por Ministerio de Ley Lino Noe Montiel Sosa, revocaron por unanimidad de votos el acuerdo del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), mediante el cual se impuso una amonestación pública a la organización ciudadana denominada “Unificación y Evolución” que estimó fue omisa en informar mensualmente sobre el origen y destino de los recursos que obtuvo para el desarrollo de las actividades tendentes a la obtención de su registro como partido político local.
La autoridad jurisdiccional ordenó al ITE que reponga el procedimiento a efecto de que se emplace nuevamente a la organización ciudadana denominada “Unificación y Evolución” a través de su representante legal, debiendo precisar de manera clara los hechos, actos, omisiones y preceptos presuntamente vulnerados.
En el Juicio de la Ciudadanía número TET-JDC-019/2022 promovido por el tercer regidor de La Magdalena Tlaltelulco, se tuvieron por cumplidos la sentencia y el acuerdo plenario emitidos por este órgano jurisdiccional ante diversas omisiones en las que incurrió el presidente municipal de esa demarcación, además fue cubierto el pago de la multa impuesta al director de obras públicas del ayuntamiento.
El último asunto atendido fue el expediente TET-JDC-3/2023, el cual se acumuló al TET-JDC-4/2023, pues ambos son promovidos por el síndico, regidoras y regidores del Municipio de Tenancingo, en contra de actos atribuidos a la Presidenta Municipal y la Tesorera del ayuntamiento, consistentes en la omisión de realizar el pago de la segunda quincena de diciembre de 2022, cubrir la compensación de fin de año de 2022, y dar contestación a solicitudes presentadas ante la Presidenta Municipal y la Tesorera.
En este asunto, se declaró fundado el agravio relacionado con la omisión del pago de compensación del ejercicio fiscal 2022, reclamado por las partes actoras, pues el ayuntamiento aprobó en 2021 una partida denominada “compensaciones y otras” a favor de los integrantes del cabildo por lo que, al estar probado que no se realizó dicho pago, resultó fundado el agravio y, por tanto, se ordenó a las autoridades responsables realizar el pago correspondiente.
La omisión del pago de remuneraciones de la segunda quincena de diciembre de 2022, fue sobreseída porque durante la sustanciación del proceso, las autoridades responsables remitieron los cheques a favor de las personas actoras por concepto del pago reclamado.