En la sesión extraordinaria del Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) celebrada este 29 de diciembre, la autoridad jurisdiccional continuó con la atención de impugnaciones relativas al Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.
En el expediente TET-JDC-082/2023, mediante el cual un ciudadano impugnó la Convocatoria para renovar al Titular de la Presidencia de Comunidad de San Pedro Xochiteotla, perteneciente al municipio de Chiautempan, por unanimidad de votos, el Juicio de la Ciudadanía estableció que el acto impugnado cesó sus efectos al ser revocado, por lo que quedó sin materia.
Lo anterior, porque el presidente de comunidad de San Pedro Xochiteotla remitió a la autoridad jurisdiccional la documentación que prueba que el acto impugnado, fue revocado.
En el Juicio de la Ciudadanía TET-JE-083/2023, mediante el cual se impugnó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) identificado con el número ITE-CG 111/2023 y el oficio número ITE-SE-509/2023, mediante los que se determinó que solo dos ciudadanos cumplieron con los requerimientos de presentación de documentación faltante para obtener el registro como aspirantes a candidaturas independientes, se confirmó el acuerdo impugnado.
En este sentido los agravios fueron calificados como infundados, porque no se actualizó la transgresión al principio de igualdad, en consideración a un trato desigual entre el actor y dos ciudadanos más, pues los aspirantes presentaron su documentación faltante dentro del término establecido por el ITE y el promovente lo hizo de forma extemporánea.
Además de la información probatoria por parte del ITE, se determinó la inexistencia de un trato diferenciado, así como la inaplicación de la Jurisprudencia 2/2015.