· Entre lo que propone es que el diseño de políticas públicas sean con perspectiva de género.
Tlaxcala, Tlax., a 29 de febrero de 2024
Durante la décima cuarta sesión ordinaria del Congreso del Estado de Tlaxcala, el diputado Pepe Temoltzin Martínez, presentó la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Estado de Tlaxcala.
Con esta iniciativa, el legislador busca analizar, ampliar, fortalecer las políticas públicas enfocadas al fortalecimiento de la proveeduría de las MIPYMES, la educación financiera y la gestión de herramientas financieras flexibles y con una baja tasa de interés, así como el acompañamiento a las nuevas empresas y emprendedores, identificando áreas de oportunidad para que la esperanza de vida de los nuevos negocios se amplíe y su posibilidad de éxito sea mayor.
Asimismo, propone que el diseño de políticas públicas sean con perspectiva de género, ya que, si bien es cierto, el desarrollo económico está fundamentado en conceptos e ideas neutrales, es necesario considerar, que en la materialización de las acciones y su impacto, pueda beneficiar de manera distinta tanto a mujeres y hombres.
Ya que, en praxis, las relaciones de género interactúan con los procesos del mercado, originan situaciones de desigualdad, por ello, el establecer la utilidad de la perspectiva de género como herramienta para analizar de manera diferenciada el diseño y los efectos de las políticas públicas sobre la calidad de vida de mujeres y hombres, debe ser contemplada en este ordenamiento, como criterio para el desarrollo de políticas públicas que fomenten la competitividad de empresas y oportunidad de empleo en entornos que puedan beneficiar a las mujeres.
El diputado Pepe Temoltzin señaló que, lo anterior, es congruente con la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, toda vez que en fecha 21 de enero de 2015, en el Diario Oficial de la Federación se publicó una serie de reformas a la Ley, enfocadas a canalizar la perspectiva de género en materia de competitividad de las MIPYMES.
Es así como propone reformar el artículo 2, las fracciones II, XV y XVI del artículo 3, los incisos h) e i) de la fracción II del artículo 4, los artículos 5 y 7, las fracciones III y IV del artículo 9, las fracciones III, VIII, IX del artículo 10, las fracciones XII y XIII y el último párrafo del artículo 11; las fracciones IX y X del artículo 12, fracción I del artículo 14, el artículo 18 y las fracciones XI y XII del artículo 22.
Así como adicionar las fracciones XVII, XVIII, XIX, el inciso j) a la fracción II del artículo 4, un párrafo segundo al artículo 7, el artículo 8 Bis, las fracciones V y VI al artículo 9, las fracciones X y XI al artículo 10, la fracción XIV al artículo 11, las fracciones XI y XII, la fracción XV al artículo 18, la fracción XIII al artículo 22 y el artículo 28, todos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Estado de Tlaxcala.
Dicha iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Desarrollo Económico, a la de Fomento Artesanal y MIPyMES y a la de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.