Propone José Gilberto Temoltzin precisar funciones de titulares de los Órganos Internos de Control en Ayuntamientos

Congreso

El Legislador José Gilberto Temolzin Martínez, integrante de la LXIV Legislatura, presentó ante el Pleno de esta Soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto para reformar, derogar y se adicionen distintas disposiciones de la Ley Municipal para el Estado de Tlaxcala, a efecto de precisar las funciones, atribuciones y nombramientos del Órgano Interno de Control y eliminar la duplicidad de funciones entre el contralor y responsable de la sindicatura en ayuntamientos.

En la máxima tribuna tlaxcalteca, el congresista señaló que la población percibe un gran alto impacto de la corrupción en actividades gubernamentales, de acuerdo a la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental, por lo cual, debe legislarse para erradicarla a través de distintos mecanismos legales y jurídicos.

En este sentido, el diputado José Gilberto Temoltzin destacó que la iniciativa presentada tiene por objetivo principal, promover la participación ciudadana en la toma de decisiones en la agenda pública, por eso, la propuesta de que el nombramiento y ratificación del titular del Órgano Interno de Control, se realice a través de una convocatoria y por un comité de selección conformado por algunos integrantes del ayuntamiento, a fin de tener los mejores perfiles que el alcalde podrá proponer para su ratificación en cabildo, mediante votación de mayoría simple.

Asimismo, el representante del Partido Acción Nacional (PAN) señaló que actualmente las facultades que le otorga la Ley General de Responsabilidades de los Servidores Públicos a los Órganos Internos de Control, resultan incompatibles con las que le otorga la Ley Municipal a los responsables de la Sindicatura, por lo cual, se debe legislar correctamente para evitar duplicidad de funciones.

En este sentido, refirió  que los síndicos municipales son cargos electos democráticamente, por lo que no es exigible contar con preparación especializada en la supervisión de los recursos públicos, por lo que determinar esta función debe corresponderle a los Órganos Internos de Control.

De esta manera se busca que las y los titulares de estos Órganos, favorezcan la profesionalización y mejor observancia de los recursos públicos, además de que estos, tengan la prerrogativa de poder seguir en la administración municipal entrante   por seis meses más, lo que garantiza que también funjan como interventor en los procesos de entrega –recepción, y a su vez, se garantice una mejor y más ordenada transición.

Por ello, el parlamentario José Gilberto Temoltzin propuso la iniciativa con proyecto de decreto para reformar las fracciones XVI y XLVIII del artículo 33, primer párrafo del artículo 71; y se derogan las fracciones IV, VI y IX del artículo 42; y se adicionan los párrafos segundo y tercero de la fracción XVI y las fracciones XLIX y L, todas del artículo 33, el párrafo segundo de la fracción V del artículo 42, el tercer párrafo del artículo 71; los artículos 77 Bis, 77 Ter, 77 Quater, 77 Quinquies, 77 Sexies, 77 Septies, todos de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, a efecto de precisar las funciones,  atribuciones y nombramiento del Órgano Interno de Control.

La iniciativa presentada fue turnada a comisiones unidas de Finanzas y Fiscalización, Asuntos Municipales y Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

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